- Tras la ocurrencia de un accidente, los comisarios o los responsables de la organización de la prueba deberán cumplimentar el impreso de comunicación de accidente. Dicho impreso deberá estar correctamente cumplimentado y firmado.
- Una vez cumplimentado el impreso, el lesionado acudirá la Centro Concertado más próximo al lugar del accidente de entre los que figuran en la relación que hay en el reverso del impreso.
- En la clínica concertada se entregará el parte de lesiones debidamente cumplimentado para que el lesionado sea atendido.
- El centro concertado se encargará de efectuar la oportuna comunicación de siniestro a MAPFRE Seguros Generales, S.A. mediante llamada al Centro Telefónico a través del número 902 136 524 donde se le facilitará el número de expediente que corresponda.
- En aquellos casos de urgencia vital, se trasladará al lesionado al centro sanitario más próximo para que sea atendido, posponiendo el trámite burocrático descrito anteriormente hasta que sea posible la cumplimentación del impreso (máximo 3 días).
- En caso de que el lesionado no hubiera sido atendido por un centro concertado de la compañía, es preciso comunicar el siniestro a través del número 902 136 524 a nuestro centro telefónico y posteriormente enviar por fax al número 91- 581 63 85 el parte de lesiones debidamente cumplimentado junto con copia de toda la información médica que posea el lesionado hasta ese momento.
- Todas aquellas asistencias prestadas por los centros concertados en las que no se haya aportado el parte de lesiones debidamente cumplimentado en un plazo máximo de 3 días serán facturadas directamente al lesionado.
- Todas las pruebas especiales de diagnóstico (TAC, RMN, Ecografías, Gammagrafías, etc.) y los tratamientos de rehabilitación que precise un lesionado a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza deberán ser autorizados previamente por el servicio médico de la compañía.
- Si tras la asistencia de urgencia, el lesionado prosigue tratamiento en un centro distinto de los concertados por la compañía, sólo se le reembolsará el 50% del importe de las facturas resultantes.
- Cualquier tipo de traslado que precise un lesionado para recibir tratamiento debe ser prescrito por el facultativo que lo trata y autorizado por el servicio médico de la compañía, procediendo incluso a la prestación del servicio.
- A la hora de cumplimentar el parte el centro hospitalario debe rellenar el número de expediente.